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  • Foto del escritorRaul Carbajal

Inicio del examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones

Inicio del examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de ferromanganeso alto carbón originarias de la República Popular China.



 

RESOLUCIÓN por la que se declara el inicio del examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de ferromanganeso alto carbón originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.


Producto objeto de examen

Descripción del producto

El producto objeto de examen es el ferromanganeso, el cual es una ferroaleación compuesta de tres elementos principales manganeso, carbón y hierro, y otros tres en menor proporción silicio, fósforo y azufre. El nombre genérico y comercial del producto es ferromanganeso alto carbón y se conoce con el nombre técnico de ferromanganeso estándar.


Tratamiento arancelario

El producto ingresa al mercado nacional por la fracción arancelaria 7202.11.01 de la TIGIE, cuya descripción es la siguiente:



El Decreto por el que se modifica la TIGIE y el Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial, refiere que las importaciones que ingresan por la fracción arancelaria 7202.11.01 están libres de arancel a partir del 1 de enero de 2012, cualquiera que sea su origen.

El producto se encuentra sujeto a la presentación de un aviso automático ante la Secretaría, para efectos de monitoreo estadístico comercial cuando se destinen al régimen aduanero de importación definitiva.

Usos y funciones


El producto se usa básicamente en la industria siderúrgica y de fundición. Es una materia prima indispensable para producir acero, utilizado principalmente como aleante, desoxidante y desulfurante en la fabricación de aceros estructurales y especiales, aunque puede ser ocupado en otro tipo de aceros, también sirve, en menor medida, como elemento de aleación en los productos de soldadura para el acero.

Aunque el ferromanganeso es indispensable en la cadena productiva de la industria siderúrgica, su participación en el costo de producción de acero es muy baja. En la industria de la fundición tiene un campo de aplicación más limitado, pues se utiliza como elemento aleante en los llamados "hierro gris" y "hierro nodular".

Este producto sirve como insumo para la fabricación de varillas, alambrón, planchón, placa, lámina, perfiles estructurales, tubos sin costura, barras de acero grado maquinaria, barras de acero de baja aleación, piezas de acero moldeado y electrodos para soldadura de acero.


Resolución

•Se declara el inicio del examen de vigencia de la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones de ferromanganeso originarias de China, independientemente del país de procedencia, que ingresan a través de la fracción arancelaria 7202.11.01 de la TIGIE, o por cualquier otra.

•Se fija como periodo de examen el comprendido del 1 de julio de 2017 al 30 de junio de 2018 y como periodo de análisis el comprendido del 1 de julio de 2013 al 30 de junio de 2018.


•Conforme a lo establecido en los artículos 11.3 del Acuerdo Antidumping, 70 fracción II y 89 F de la LCE y 94 del RLCE, la cuota compensatoria definitiva a que se refiere el punto 3 de la presente Resolución, continuará vigente mientras se tramita el presente procedimiento de examen de vigencia.

Punto 3

Exámenes de vigencia previos

El 8 de febrero de 2010 se publicó en el DOF la Resolución final del primer examen de vigencia de la cuota compensatoria. Se determinó modificar la cuota compensatoria de 54.34% a 21% y mantenerla vigente por cinco años más.



DOF 25/09/2018.

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5538948&fecha=25/09/2018



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